miércoles, 3 de junio de 2009

Firmas unipersonales, en riesgo de liquidación

Las personas que constituyeron empresas unipersonales entre el 26 de enero de 2006 y cinco de diciembre de 2008 tienen plazo hasta el próximo cinco de junio para realizar la transformación obligatoria a Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).

El proceso obedece al cumplimiento de la Ley 1258 de 2008, mediante el cual, se cuenta con un término máximo improrrogable de seis meses, para dicha diligencia.

Las firmas unipersonales creadas en virtud del artículo 22 de la Ley 1014 de 2006, que no realicen este procedimiento entrarán en causal de liquidación y no podrán seguir operando legalmente.

La Ley de Sociedades por Acciones Simplificadas fue una iniciativa dirigida a facilitar la creación de sociedades frente al régimen del código de comercio. El vicepresidente jurídico de la Cámara de Comercio de Bogotá, Juan Camilo Ramírez, dijo que los empresarios deben acudir a la Cámara de Comercio de su ciudad, con el fin de llenar el formulario correspondiente y que los firmantes deben asistir para diligenciar los requisitos necesarios.

El socio debe diligenciar un documento en el cual se adecúen los estatutos a las previsiones de la ley 1258. Este se debe inscribir ante la Cámara de Comercio del domicilio de la sociedad. Según datos suministrados por la Superintendencia de Sociedades, estas firmas cuentan con 10 o menos empleados y activos por 500 salarios mínimos, es decir, 250 millones de pesos, teniendo en cuenta el artículo 2 de la ley 905 de 2004, que reglamenta el tamaño de las empresas.

Se debe tener en cuenta, que estas empresas creadas antes de la fecha establecida seguirán operando normalmente.

Este tipo de empresas permite que una persona natural o jurídica separe parte de su patrimonio para desarrollar una compañía comercial y su regulación está contenida en la ley 222 de 1995, por lo tanto no está obligada a la transformación.

Según datos de la CCB, de enero a septiembre de 2007 fueron creadas en Bogotá un total de 2.416 firmas unipersonales y el año pasado se registraron 2.514 unidades. De esta cifra, una pertenece a la gran empresa, dos a mediana, 16 a pequeña y 2.495 a la micro. Estas organizaciones representan seis por ciento en el total de las compañías formadas a septiembre de 2008 que asciende a 41.654.

Se debe tener en cuenta que las Sociedades de Acciones Simplificadas pueden constituirse y funcionar con uno o varios accionistas, ya sean personas jurídicas o naturales y se crean mediante documento privado, en lugar de hacerse con una escritura pública.

Tiempo de duración puede ser indefinido
La duración de las Sociedades por Acción Simplificada (SAS), al igual que sucedió con las unipersonales, también puede ser indefinida. Además, no están obligadas como las demás compañías reguladas en el código de comercio a tener que especificar el objeto social al que se dedicarán, pues si no lo detallan, se entenderá que la sociedad podrá realizar cualquier actividad lícita. Esto se evidencia en el numeral cinco del artículo 5 de la ley 1258 de 2008. La Superintendencia de Sociedades adelanta capacitaciones frente a la naturaleza de las nuevas compañías.

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